2015 - Módulo 6 - Actividad 1

Actividad 1: Teniendo en cuenta aspectos culturales, políticas y otros factores de su país o región, ¿qué impacto ha tenido Internet en el ejercicio, la protección y la violación de los derechos humanos fundamentales descritos en instrumentos internacionales y regionales? ¿Qué derechos han tenido mejoras más significativas? ¿Qué derechos se han visto más amenazados? ¿A qué cree que se debe esto? Con el advenimiento de Internet, ¿cree que es necesario formular nuevas leyes y principios para derechos de Internet o debemos aprender a reinterpretar leyes existentes? Por favor describa las razones a favor o en contra. Por favor publique su respuesta en el foro de debate.

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En Colombia el trabajo frente a la protección de datos ha sido muy poca, ha sido muy poca la atención prestada frente a este tema, inclusive el informe del 2014 de la FLIP, Fundación para la Libertad de Prensa en Colombia, dedica un capítulo a las interpretaciones que se han hecho en Colombia hacia periodistas, personas opositores del gobierno, líderes sociales, entre otras personas, a las que durante años se les ha venido haciendo seguimiento en tanto por vía telefónica como en Internet. En ese sentido en Colombia nos rajamos frente a políticas que protejan tanto la libertad de expresión como el derecho de reunirse.

Por mi parte pienso que esta problemática se presenta porque hay mucha desinformación frente a los derechos con los que uno, como usuario de Internet, tiene acceso. Por otro lado pienso que también se presenta porque hay poco interés tanto de los usuarios como de los gobiernos frente a este tema.

Yo creo que un paso para ir acabando con ese tipo de problemas, lo que se debe hacer es no sólo aprender a aprender a reinterpretar leyes existentes, sino también ha hacer uso de ellas.

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Brasil tiene una nueva legislación llamada “Marco Civil da Internet”. Su aplicación es muy importante a la sociedad porque protege al usuario y ofrece información técnica simplemente. El derecho a la intimidad ha ganado relevancia y, como consecuencia la dignidad de la persona humana se destacó en el mundo virtual.

Aunque no estoy de acuerdo, muchos afirman que esta ley podría considerarse la Constitución de la Internet tan grande es su importancia. Una frase de la presidenta Dilma Roussef: “Los derechos que la gente ha desconectado también deben ser protegidos en línea”. Así, se puede obtener una idea de la representación del Marco Civil.

Yo creo que la ley debe tener una mayor amplitud pero tengo que señalar que entró en vigor el año pasado y el proceso de consolidación de la jurisprudencia requiere tiempo

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Desde cualquier punto de vista el impacto ha sido casi nulo. Si bien el Internet permite el ejercicio y desarrollo de derechos que van desde los personales hasta los sociales y económicos, lo cierto es que no hay avances legislativos y mucho menos iniciativas para entender la importancia (existen algunas que siempre nacen de las mismas fundaciones y no logran gran sinergia con los usuarios)
Respecto a la protección y violación de los DDHH, en mi concepto medir el impacto es mucho más complejo pues los dos valores están supeditados, casi en su totalidad, por las leyes de cada uno de los países: lo que en un país puede considerarse una violación a un derecho, en otro puede ser una ley que justifica la protección de otras prerrogativas.
En el caso de Colombia, se han suscitado algunas controversias sobre la libertad expresión vs el derecho a la buena imagen, como es este: http://www.semana.com/opinion/articulo/la-corte-constitucional-el-derecho-ser-estrambotico-en-internet-opinion-emmanuel-vargas-penagos/424757-3# en la mayoría de los escenarios se hace una lectura restrictiva de la ley que termina por perjudicar a los usuarios.
Paradójicamente, creo que de los derechos que más mejoras ha sufrido es la libertad de expresión, es evidente como Internet es una plataforma que permite comunicar en forma más rápida y eficaz. Tal vez, al ser un derecho que se ha desarrollado gracias a Internet, es que se ha vuelto también más frágil.
Opino que aún la protección de los DDHH en Internet es un tema nuevo y por tanto se necesita más tiempo y estudios que permitan desarrollar cómo podría lograrse el balance. Una vez se entienda el asunto creo que es necesario la formulación de nuevas leyes y principios, sobre todo que regulen y atiendan únicamente derechos de Internet ya que no es posible equiparar principios y normas que fueron creadas bajo otros contextos y finalidades.
Las apreciaciones que hace Alberto Cerda en el video me parecen muy pertinentes sobre todo en que las esferas de Internet son trasnacionales e intemporales, lo que hace que la adecuación legal sea complicada, pero como también es necesaria su regulación deberían haber reformas o expedición de leyes locales que atiendan las respuestas globales, que ofrece Internet, a través de los parámetros internacionales y regionales.

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En Argentina, desde 2003, los derechos humanos ocupan un lugar fundamental en la escena política y social. La promoción y defensa de los mismos se ha enfocado principalmente en aspectos relacionados con el último golpe de estado. Por eso, en general cuando se habla de derechos humanos, la primera remisión nos lleva a este importante lugar.

Sin embargo, en lo que respecta a la protección y el fomento de derechos humanos en Internet, si bien existen iniciativas puntuales, hay políticas aisladas.
Me parece interesante compartir en este punto el informe de Freedom House:
https://freedomhouse.org/report/freedom-net/2014/argentina

En relación a los derechos humanos en Internet, el que tiene mayor presencia e impulso es la libertad de expresión. Así, cuando se habla de derechos humanos en Internet se pone el énfasis principalmente en la libertad de expresión. En mi opinión, y tomando mi experiencia de trabajo en un organismo de protección de datos personales, si bien desde las revelaciones de Snowden el derecho a la privacidad adquirió un gran protagonismo, en general se busca abordar este derecho en contraste con las prácticas de vigilancia y otros aspectos del mismo, como la autodeterminación informativa, quedan en segundo plano.

Por último, personalmente yo no considero que deban existir derechos propios elaborados para Internet sino que, con aquellos derechos reconocidos en instrumentos internacionales debería ser suficiente. Sin embargo, considero que sí deben existir principios específicos para Internet desarrollados a nivel internacional que sean de utilidad para que exista una mayor garantía de los mismos.

En otras palabras, considero que los derechos de las personas en Internet se deben proteger de la misma manera que se protegen en la vida "offline”. Pero, agrego, que esto debe ser así porque no debe haber una vida o un mundo “offline o real” y un mundo “online”. El mundo es uno y, en todo caso, esta diferenciación sólo puede hacerse a modo analítico, pues lo virtual y lo real, si bien tienen sus características, son capas de la misma realidad.

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Me parece que los debates sobre Internet aún están siendo llevados en un espacio muy instable. El proprio Marco Civil, hoy reconocido como un caso muy bien sucedido por los activistas de internet libre y abierto, surgió como una alternativa de urgencia a la llamada “Ley Azeredo”. Esa ley proponía el establecimiento de una amplia legislación criminal para internet. En uso práctico, consideraba como crímenes algunos comportamientos normales del usuario de internet. La transferencia de datos de un iPod para un ordenador, por ejemplo, fue criminalizada. Aunque absurda, había una alta posibilidad de aprobación. Sólo la gran movilización social logró evitar este resultado. Lo mismo sucedió con la ley SOPA (Stop Online Piracy Act).

Ya el Marco Civil sufrió mucha resistencia del gobierno. En efecto, la ley probablemente solo fue aprobada en 2014 (y no después) debido al escándalo de vigilancia dos Estados Unidos. Digo esto para mostrar que las amenazas al futuro de Internet siguen siendo muchas. Difícilmente podemos señalar algunos derechos garantizados hoy y deducir que no van a ser eliminados o suprimidos por la falta de protección legal o por alguna legislación futura. La neutralidad de la red es un gran ejemplo de estos peligros. El Marco Civil, que asegura la neutralidad, fue aprobado en el año pasado por Dilma Rousseff y ahora una colaboración del gobierno con Internet.org fue divulgada en los medios de comunicación. Pero ustedes deben saber de las complicaciones relacionadas con Internet.org y neutralidad de la red.

Hoy en día, pienso que tres derechos humanos han tenido mejoras más significativas: libertad de asociación, libertad de expresión y acceso a la información. Pero estos dos últimos ítems pueden ser cuestionados en Brasil, que tiene altas tasas de censura en línea. Y el derecho más amenazado en internet es cada vez más relacionado con la privacidad del usuario.

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Para el caso de Costa Rica hasta elmomento son muy pocos los ejemplos, sin embrago, en el ámbito de salud se está abriendo el espacio para la digitalización del historial médico de la población costarricense (Caso EDUS), con el objetivo de utilizarlo en cualquier centro hospitalario; lo cual a traído a coalición una serie de cuestionamiento referentes al uso y manejo respectivos de estos datos y por supuesto el velar por la incorporación de los derechos humanos, y que no se violenten a través de la información que estaría constituida en la nube; así como también ¿quién va manejar estos datos? Este es un tema delque toda la ciudadanía debería tener conocimiento, pero, lamentablemente no es asíporque se encuentra ligado a un determinado público.

Creo que Internet ha tenido un gran impacto no solo en relación con los derechos fundamentales que se expresan a través de la red sino en general en la vida de todas las personas (incluso de aquellas que no se encuentran “conectadas”).

Si pensamos en Internet como una tecnología que va extendiéndose cada vez más en el mundo, es innegable que las actividades humanas, incluso las más elementales, se vean influidas por su sola existencia. Como plataforma, puede decirse que Internet se ha convertido en un espacio más en donde estos derechos (de expresión, de trabajo, etc.) no solo pueden expresarse sino que también pueden ser vulnerados por mútiples agentes (gobiernos, otros usuarios) y por lo tanto requieren de protección a través de leyes, organismos del gobierno y la sociedad civil.

Si me refiero a mi país, Perú, considero que algunos de los derechos que han tenido mejoras significativas son la libertad de expresión y la libertad de información, teniendo en cuenta que hasta hace 15 años vivíamos bajo un régimen autoritario en donde se practicaba un férreo control de los medios de comunicación e Internet era en ese entonces (y lo sigue siendo hoy) un espacio libre de censura.

En cuanto a los derechos más amenazados está, por supuesto, el derecho a la privacidad e intimidad y considero también que los derechos de autor. ¿Por qué? Sobre el primero, creo que queda clara la grave afectación de este derecho a escala mundial que se hace patente con las revelaciones de Edward Snowden sobre la vigilancia masiva de la NSA.
Por otro lado, tengo la impresión de que la afectación de los derechos de autor, entendible en un inicio, se ha mantenido por la resistencia de cierta parte de la industria afectada a asumir que sus modelos de negocio deben adecuarse a las nuevas tecnologías.

Como han dicho mis compañeros, yo no creo que sea necesario formular leyes específicas para los derechos que se ejercen en Internet. Después de todo, los derechos humanos no tienen una sola vía de realización e Internet es solo una de las tantas realidades donde estos puedan manifestarse.
En cambio sí creo que, en aras de protección y fomento, algunos conceptos deben ser ampliados para abarcar los nuevos escenarios que crea Internet.

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Actividad 1: Teniendo en cuenta aspectos culturales, políticas y otros factores de su país o región,
¿qué impacto ha tenido Internet en el ejercicio, la protección y la violación de los derechos humanos fundamentales descritos en instrumentos internacionales y regionales?
El impacto ha sido evidente esto debida a la dinámica constante de la web y el efecto en el desarrollo y acceso de contenidos. Las declaraciones fundamentales están muy vigentes, es pertinente tener pronunciamientos que nos permitan tener claridad sobre nuestras garantías y derechos básicos en el entorno digital, sin caer en la división de derechos humanos o derechos humanos digitales, los derechos humanos son los que se aplicarán en un ámbito o espectro, pero su vigencia física y vinculación al ser humano es fundamental.
¿Qué derechos han tenido mejoras más significativas?
El acceso a información con mayor facilidad ha sido notorio, el alcance de como internet se ha catapultado en ser una fuente de investigación y una herramienta fundamental para el aprendizaje, lo cual coloca un reto de cómo gestionar esa información manteniendo un libre y plural acceso.
¿Qué derechos se han visto más amenazados?
Una amenaza constante es la libertad de expresión y la intromisión en la vida privada de las personas, debido al control global de las personas y gobiernos.
¿A qué cree que se debe esto?
Control, poder, manejo de información por parte de Gobiernos, delitos informáticos, “causas sociales”.
Con el advenimiento de Internet, ¿cree que es necesario formular nuevas leyes y principios para derechos de Internet o debemos aprender a reinterpretar leyes existentes?
Describa las razones a favor o en contra.
Es importante que exista normativas relacionadas con el ámbito de internet, porque si bien las declaraciones y principios de derechos humanos juegan un papel importante al momento de abarcar un marco regulador y de referencia doctrinaria; el campo de internet tiene ciertas particularidades que hacen necesario tener una regulación específica en el tema, por ejemplo si bien el anonimato se protege y se ha ampliado en declaraciones y relatorias es fundamental que exista un reconocimiento al anonimato en línea a través de un derecho constitucional y de orden legal. De igual manera la encriptación, debe estar regulado de forma específica en el campo digital y legal en concreto.
Asimismo el retiro de contenidos en la web (take down) necesariamente debe ser abordado en leyes que regulan la gobernanza de internet, es necesario un marco regulatorio el cual sirva como base para evidenciar los abusos a derechos y garantías y me sirvan de base para reponerlo y repararlo.

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Hola como están, comenzaré disculpándome por el atraso en la presentación de la actividad 1. Lamentablemente he estado un poco ausente desde el Hangout con Olga. Pasa que me gusta darme un tiempo para hacer bien las cosas, pero suspendiendo, se me fue la mano.

Voy a responder en dos partes.

PARTE 1. Impacto del internet en los Derechos y la libertad de expresión de los Bolivianos.

Bolivia es un país donde la gente se queja de manera muy encarecida. Los bloqueos, marchas, intermitencias en servicios básicos, paros del sector público, de las centrales obreras, manifestaciones estudiantiles, y otras manifestaciones de los llamados “movimientos sociales”, son pan de cada día en Bolivia, probablemente con mucho más frecuencia que en otros países hermanos sudamericanos. En particular, Cochabamba, ciudad y departamento donde resido, es particularmente “movimentista”. Dos hitos particulares fueron la quiebra de McDonalds, y la “Guerra del Agua”. De ambos hay un documental, y del último hasta una película con Gael García Bernal. El de McDonalds resulta interesante, pero es una verdad a medias. El de la Guerra del Agua marcó mucho a la ciudad, y fue por liderado por un grupo que hasta el día de hoy administra el Agua en Cochabamba; bueno, los que quedan, los demás escaparon por escándalos de corrupción y otros parecidos.

Motivo por el que comienzo de esta manera mi respuesta es que, lógicamente, con al auge de las redes sociales, el particular del Facebook, la gente ha encontrado plataformas donde quejarse, y recibir reacciones, la gran mayoría negativas, pero otras constructivas y de otra gente que se identifica con un problema. Esto ha dado lugar a la creación de grupos donde la gente se sienta identificada. También ha servido para agrupar a personas que luchan por distintas causas, me parece que las más destacables son los de “Más y Mejor Internet para Bolivia, “E-commerce para Bolivia” y otros de Defensa de los Derechos de Animales, quienes recientemente han estado muy de moda.

Con un impacto un poco más bajo han estado aquellas que luchan por los derechos de los pueblos indígenas y por las minorías. Cuando el actual gobierno trató de construir una carretera a través de uno de los bosques protegidos (de nuevo, en Cochabamba), hubo mucho movimiento para la protección de los derechos de los indígenas originarios de la Zona, y hubo violaciones a los DDHH que hasta ahora no se han podido esclarecer. Esta fue la lucha por el TIPNIS que fue cubierta por las redes sociales y engendró un grupo movimentista verde, que aún tiene impacto.
Todas las iniciativas han tenido un impacto. La de los animales ha puesto suficiente presión sobre le congreso para hacer una ley especial de protección hacia los animales. Los otros se encuentran haciendo campañas y mejorando sus impactos. El derecho de expresión ha sido ensalzado a través del acceso de una cantidad creciente de suscritos al Facebook.

Para terminar esta primera parte, marco un bonito ejemplo del impacto del internet y de las redes sociales en la organización de la gente, aunque no tiene NINGUN IMPACTO EN PARTICULAR A LOS DDHH, vale la pena mencionarlo. Más temprano el presente año, el canal UNITEL, que tiene los derechos del programa Estadounidense, Los Simpsons, decidió eliminar al programa para reemplazarlo con la copia del concurso/reality/no se qué “Calle 7” en base del modelo chileno del programa. La generación X se molestó bastante, por el cariño que le tienen al programa. De esta manera se organizó la “Marcha por los Simpsons” con la intención original de organizar una marcha en Santa Cruz y La Paz, pero que se tornó en un evento nacional. Los propios Simpsons agradecieron a los fans en Bolivia. Me parece mencionarlo, ya que fue un evento que tuvo un impacto no intencional, y una masa crítica no esperada. Solo, por la creación del grupo en las Redes sociales.

El impacto más reciente fue la que gira en torno al #MarParaBolivia , misma que tiene unidos al sector privado y público en general, a pesar de que no tiene un impacto significativo fuera de Bolivia.

PARTE 2. De la necesidad de regulación y reinterpretación.

En Bolivia, habiendo escasa regulación de muchos temas, sobre todo con respecto al internet y a plataformas tecnológicas, me parece crítica la garantía de protección de la privacidad y la entidad de los activistas, y de la sociedad civil en general. Internet como efecto aún no ha terminado de impactar en Bolivia, hay lugares sin acceso, y los precios son discriminativos a clase social. El internet móvil tiene semejantes características. Bolivia debería beneficiarse y participar activamente de las iniciativas de Gobernanza en Internet, y las declaraciones y manifiestos sobre internet existentes.

A medida que los activistas encuentran facilidad de expresión en el internet, me parece que puede que el Estado comience a perseguirlos en cualquier momento. En este sentido, debe prevalecer el derecho de expresión de estas personas, y el derecho a organizarse en al redes sociales. Sin embargo siempre renace la intención gubernamental de tratar de regular las redes sociales. Con las tendencias y la notoria filosofía del presente gobierno, lo que se busca es hacer prevalecer el derecho de los gobernantes en vez de los gobernados.

En Colombia se ha avanzado en cuanto a las normas sobre protección de datos: se expidió la Ley 1581 del 2012 que regula las cuestiones básicas del tema. Posteriormente se expidieron otros decretos que regulan la ley. En el siguiente link se encuentra toda la normativa http://www.sic.gov.co/drupal/normatividad?field_tipo_de_norma_value=All&field_tema_general_tid=5&field_anos_value=All Así que en Colombia si se encuentra protegido el derecho fundamental a los datos personales.

Asimismo, el derecho fundamental a los datos personales y las comunicaciones privadas esta escrito en la Constitución:

Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución.

La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.

Además de todo lo anterior, existe extensa jurisprudencia sobre los derechos fundamentales a la protección de datos y a las comunicaciones privadas por parte de las altas cortes.

Sin embargo, aún persiste el uso de datos personales sin que la correspondiente autorización del titular exista o bajo el correspondiente uso excepcional -por ejemplo si el dato es público-, en este sentido, concuerdo contigo Jhoan que no es la falta de normas sino falta de respeto por ellas, Colombia tiene una triste historia sobre violación a las comunicaciones privadas que debe dejar atrás -en especial contra los periodistas-. Esto lo vamos a estudiar más a fondo en nuestro capítulo de privacidad, la semana siguiente. :wink:

No sabía que Brasil tiene tasas altas de censura en línea… que interesante, algún informe o material de lectura que nos recomiendes sobre este fenómeno - que creo que es común en varios países latinoamericanos- para que el resto de la clase lo tenga en cuenta?

@kicabrerap Gracias Karen por compartir el artículo con el curso. Totalmente relevante para la discusión, resulta preocupante que se pretenda castigar con cárcel la opinión de un internauta, pues como sabemos la libertad de expresión es uno de los pilares del Internet Libre y Abierto ¿supiste si seleccionaron al fin la tutela?

@aguscallegari me parece muy interesante que señales el tema del golpe de estado. En efecto, países como Argentina y Chile que estuvieron bajo un régimen dictatorial durante mucho tiempo y en el que tristemente se violaron sistemáticamente derechos fundamentales de cientos de personas. Ahora, que han pasado varias décadas se me ocurren varias preguntas que las pregunto por curiosidad política y porque resultan un ejercicio interesante para el tema del curso:

¿cual ha sido el impacto del internet en el marco del proceso de justicia transicional? ¿nuevas revelaciones sobre lo que ocurrió en la dictadura? ¿se ha violado el derecho a la intimidad de víctimas y victimarios? ¿ha ocurrido censura en línea a activistas que intentan proteger a las víctimas?

@Katherine me parece muy importante la protección de datos personales médicos- en Colombia y en varias legislaciones son considerados datos sensibles y por lo tanto requieren de un mayor cuidado y estándares para su procesamiento. Lo anterior se da porque los datos médicos resultan claves para una potencial discriminación, por ejemplo ¿que sucede si los datos son accesibles a empleadores o aseguradoras cuando alguien, por ejemplo, padece de SIDA?

[quote=“dmorales, post:9, topic:366”]
El acceso a información con mayor facilidad ha sido notorio, el alcance de como internet se ha catapultado en ser una fuente de investigación y una herramienta fundamental para el aprendizaje, lo cual coloca un reto de cómo gestionar esa información manteniendo un libre y plural acceso
[/quote] @dmorales De acuerdo. El Internet ha logrado fomentar nuestro acceso al conocimiento. En este sentido un fenómeno importante es el denominado Datos Abiertos, en el que se les exige a los gobiernos publicar la información de sus agencias de forma comprensible para el conocimiento de ciudadanos. Es por esto que muchas políticas públicas de distintos países sobre gobierno en línea (e-goverment), tienen dentro de sus directrices el cumplimiento de datos abiertos. Esto sin duda marca un precedente en términos de rendición de cuentas y transparencia por parte de los estados hacia sus ciudadanos.

[quote=“CarlosGe, post:8, topic:366”]
a afectación de los derechos de autor, entendible en un inicio, se ha mantenido por la resistencia de cierta parte de la industria afectada a asumir que sus modelos de negocio deben adecuarse a las nuevas tecnologías
[/quote] @CarlosGe De acuerdo, yo también concuerdo contigo: ciertas industrias al no adaptarse han afectado el acceso al conocimiento y la educación de los usuarios de internet por defender sus derechos de autor. Sin duda esto es uno de los dilemas mas importantes en materia de propiedad intelectual, y lo estudiaremos un poco más en detalle en el Módulo 10. Un caso emblemático en Colombia sobre este desbalance entre el ánimo de lucro y el derecho a la educación y el conocimiento en Internet, es el de Diego Gómez Hoyos, "un joven Biólogo colombiano, egresado de la Universidad de Quindío, que está haciendo una maestría becado en una universidad de Costa Rica y que se enfrenta hoy a una audiencia en su contra acusado de “violación de derechos patrimoniales de autor y derechos conexos” por haber compartido una tesis de un profesor de biología "https://www.karisma.org.co/compartirnoesdelito/?page_id=2

Sí, por supuesto. Acá usted encontrará algunas informaciones interesantes: http://www.palermo.edu/cele/pdf/internet_libre_de_censura_libro.pdf

Me gusta creer que después del Marco Civil mucha cosa vá a cambiar. Agentes que quieren censurar contenidos en internet van a encontrar más dificultad ahora.

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@Ana_Acosta Sí conocía ese caso:

Esto es algo que fácilmente podría ocurrir en el Perú dado que nuestro Código Penal acerca del mismo indica lo siguiente: http://www.bnp.gob.pe/portalbnp/pdf/codigo_penal_propiedad_intelectual.pdf

Artículo 217.- Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis años y con
treinta a noventa días-multa, el que con respecto a una obra, una interpretación o ejecución artística, un
fonograma, o una emisión o transmisión de radiodifusión, o una grabación audiovisual o una imagen
fotográfica expresada en cualquier forma, realiza alguno de los siguientes actos, sin la autorización previa y
escrita del autor o titular de los derechos:
a. La modifique total o parcialmente.
b La reproduzca total o parcialmente, por cualquier medio o procedimiento.
c.La distribuya mediante venta, alquiler o préstamo público.
d. La comunique o difunda públicamente por cualquiera de los medios o procedimientos reservados al
titular
del respectivo derecho.
e. La reproduzca, distribuya o comunique en mayor número que el autorizado por escrito.

¿En Colombia el ánimo de lucro no es necesario para que se configure el delito?

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@Ana_Acosta No he vuelto a saber sobre el tema, pero trataré de hacerle seguimiento… Es de suma importancia el precedente

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Yes, Colombia was considered free by Freedom House Freedom of the Net report https://freedomhouse.org/report/freedom-net/2014/colombia

Teniendo en cuenta aspectos culturales, políticas y otros factores de su país o región, ¿qué impacto ha tenido Internet en el ejercicio, la protección y la violación de los derechos humanos fundamentales descritos en instrumentos internacionales y regionales?

Sin lugar a dudas el impacto ha sido de grandes magnitudes. El derecho a la privacidad es probablemente uno de los temas más relevantes que se han visto afectado con el uso de estas nuevas tecnologías. Asimismo ha transformado el ejercicio de la ciudadanía, otorgando nuevas herramientas de voz a sectores que antes no las tenían, internet ha puesto micrófonos al mundo, y eso ha tenido grandes impactos, marcando una nueva era en la comunicación.

¿Qué derechos han tenido mejoras más significativas? ¿Qué derechos se han visto más amenazados? ¿A qué cree que se debe esto? Con el advenimiento de Internet, ¿cree que es necesario formular nuevas leyes y principios para derechos de Internet o debemos aprender a reinterpretar leyes existentes?

Formular nuevas leyes es la tendencia que se ha venido realizando en esta área, porque internet nos pone frente a escenarios que antes simplemente eran inimaginables. Probablemente estas nuevas leyes vienen a reinterpretar los derechos que ya conocemos pero a la luz de un mundo que no es físico, sino virtual.

Los derechos más beneficiados son aquellos relacionados con la comunicación y la educación, diversificándola, haciéndola más creativa y cercana. Aunque sigamos teniendo una enorme brecha digital que nos cuestiona si realmente estamos generando más inclusión social o si simplemente estamos reproduciendo los mismos sistemas excluyentes.

Los derechos amenazados son los relacionados a la seguridad personal, porque de alguna forma la web nos expone (algunos sectores más que a otros) al crimen organizado, robo de datos, estafas, etc.

Sin embargo, es una reproducción de diferentes prácticas del mundo físico en el mundo de un procesador, o mejor dicho, de unos cuantos millones de procesadores.

Gracias por la información! @vfvicente

En Argentina internet ha servido para catalizar los derechos fundamentales de las personas. Creo que el derecho humano que se vio beneficiado fue el derecho de la libertad de expresión, concibiendo el mismo desde la óptica de producir información y desde recibir la misma para poder llegar a evaluar el panorama real en el que se vive, Argentina en los últimos años con la polarización política que sufrió, y con las cifras que muchas veces desde el gobierno nacional no coinciden con las cifras que muestran otros organismos, el ciudadano común puede llegar a acceder a información que en otro espacio temporal no podría haber accedido.
El derecho a organizarse políticamente, marchar, protestar se vio beneficiado con la llegada de internet y las redes sociales donde muchas veces se gestan grandes movimientos a favor de una causa, en contra del gobierno oficial, a favor del mismo, un hecho reciente fue la marcha de #NiUnaMenos donde se mezclaron tecnología, genero, y libertad de protestar por un tema específico.
Los derechos básicos se han visto afectados desde dos puntos diferentes, uno ha servido para hacer que los habitantes tengan un goce efectivo del mismo, y desde otra óptica algunos ciudadanos han sido afectados por la invasión a la intimidad debido a la naturaleza de la tecnología, que muchas veces a causa de ataques anónimos ve robado datos de su intimidad.
Los ciudadanos de otras provincias (argentina cuenta con 23 provincias y capital federal) gracias a la conectividad ahora pueden realizar mayor cantidad de tramites o denuncias en línea lo que llevo a una facilitación del acceso a la justicia en cierto modo.
En lo referente a si es necesario que se reformulen nuevos derechos para el entorno de internet, creo que realmente no es necesario, pero si es necesario remarcar con principios o informes de organismos internacionales con peso a nivel americano (como lo es la CIDH, la Corte IDH o alguna relatoría de la OEA) para así dejar en claro un parámetro interpretativo. Si bien por el principio evolutivo de los derechos humanos no debería quedar en duda que son los mismo derechos en el mundo on-line y en el off-line, a efectos prácticos vemos que en la actualidad muchos jueces o legisladores en Latinoamérica necesitan dichas herramientas para tener de guía.